Cadena Perpetua para agresor sexual de menor

El Poder Judicial (PJ) recuerda que el delito de violación sexual a menores de 14 años se condena con la máxima pena de cadena perpetua.

A través de las redes sociales, el Poder Judicial señaló que así está contemplado en el artículo 173 del Código Penal, y hace un llamado a concientizar a la población para poner alto al abuso sexual infantil.
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En marzo pasado, la titular del Tercer Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, Luz Marlene Montero Ñavincopa, explicó que existen agravantes de este ilícito como la crueldad, la alevosía, además de cometer la violación de manera concertada.
Por otro lado, al concurrir un hecho de tentativa de violación con tortura y lesiones, el Código Penal establece sanciones severas para el/la procesado/a; en tanto que si los/las víctimas son menores y el delito es cometido por un grupo, las penas se incrementan, de acuerdo a la gravedad de las lesiones y responsabilidad.

“Cuando existe la concurrencia de estos delitos gravísimos se sanciona con penas severas y si se trata de menores más aún. Y si existe concierto de voluntades, la sanción se determina individualmente dependiendo de la responsabilidad, intencionalidad y evaluación de las lesiones”, señaló la jueza.

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